La ministra de Educación, Aurora Vergara, firmó el decreto 0529, del 29 de abril, que actualiza procesos de registro calificado, contemplados en el decreto 1330 de 2019, y que busca reducir trámites.
Uno de ellos, muy esperado por las IES, es que en adelante puedan iniciar la publicidad y oferta de sus programas nuevos con registro calificado cuando este se quede en firme, pero sin esperar a que se le asignen los códigos en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES.
La nueva norma, que aclara algunos procesos sobre la obtención de registros calificados, los lugares geográficos y el cómo entran a operar los registros de programas acreditados, los registros de programas desarrollados con comunidades indígenas y reconoce formalmente la modalidad híbrida como una combinación de la presencial, la distancia, la virtual y la dual, venía analizándose desde hace meses y el borrador de la norma había sido publicado dos veces para consulta ciudadana en octubre de 2023 y febrero y marzo de 2024.
Según el nuevo decreto, una vez que quede en firme el acto administrativo que decide el otorgamiento o la renovación del registro calificado o que hayan tenido modificaciones en sus condiciones de calidad (esto es, según lo señala el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, cuando contra la resolución no proceda ningún recursos, desde el día siguiente al de su notificación, comunicación o publicación), las IES podrán “ofrecer y desarrollar el programa académico en las condiciones aprobadas, así como realizar publicidad de este en los términos previstos en el artículo 2.5.3.2.11.2 del presente decreto”.
Asimismo, señala que “hasta tanto el Ministerio Educación Nacional asigne al programa académico el código o códigos en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES, la institución que desee realizar publicidad y oferta del programa académico deberá publicar en su página web oficial la copia digital del acto administrativo que otorgó o renovó el registro calificado o que autorizó las modificaciones identificadas en el inciso (párrafo) anterior. Con posterioridad a la asignación del código o códigos en el SNIES, la institución deberá incluirlo(s) en la publicidad del programa académico y mantener la copia del acto administrativo en su página web”.